El pasado mes de abril, la Cámara de Comercio de España en Brasil presentó en las ciudades de Recife, Sao Paulo y Río de Janeiro el libro “Cómo hacer negocios en España”. Dentro del apartado dedicado al ámbito tributario, IDBO Consultants ha tenido el honor de redactar el capítulo relativo a “Tributación internacional y precios…
El Supremo lanza una clara advertencia a los asesores fiscales: de hecho, a pesar de que el sujeto activo del delito fiscal solo pueda ser el sujeto obligado al pago de la cuota tributaria defraudada, los asesores también podrán ser condenados, considerándose como cooperadores necesarios del mismo
El Director General de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón, anunció que su departamento está elaborando la figura de lo que se denomina “contribuyente certificado” en el IVA, estudiando los criterios que el contribuyente deberá cumplir de cara a la obtención de dicha calificación
Como indican los Magistrados, procede declarar la responsabilidad penal de la persona jurídica, “… aprovechando precisamente un grave defecto en la organización, en cuanto a la ausencia absoluta de instrumentos adecuados y eficaces de prevención del delito…”.
Se condena penalmente a una empresa por defraudación en el pago de diferentes impuestos, en palabras de los Magistrados, la empresa no “adoptó ningún modelo de organización y gestión que incluyera las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir la comisión de delitos”.
Las penas que se han impuesto son la prohibición de obtener ayudas o subvenciones públicas ni gozar de los beneficios o incentivos fiscales durante 3 años (Impuesto de Sociedades), cuatro años (IVA) y 3 años (IRPF) y, así mismo, varias multas que, en su totalidad, ascienden a 19.190.000 €